jueves, 12 de mayo de 2011

NUEVA ESTRATEGIA NACIONAL BUSCA DISMINUIR USO DE DROGAS ILÍCITAS Y CONSUMO DE RIESGO DE ALCOHOL EN EL PAÍS


  • La reducción del consumo de sustancias ilegales se focaliza en población escolar y en grupos en situación de vulnerabilidad.
  • Se trata de la primera Estrategia Nacional que aborda en conjunto la prevención y tratamiento de drogas ilícitas y alcohol, respecto del cual se espera una baja en el consumo de adolescentes y en población general, además de reducir los accidentes de tránsito asociados a su uso excesivo. 
Reducir el consumo de drogas ilícitas en el país y el uso problemático del alcohol es el principal objetivo de la nueva Estrategia Nacional de Drogas y Alcohol, que guiará las acciones en esta materia durante el período de Gobierno 2011-2014. 
La Estrategia fue presentada esta mañana por el Intendente (s) Miguel Mellado, junto al Coordinador Regional de CONACE, Claudio Pérez, en el Centro de Tratamiento PAII Procesos. La actividad contó con la participación de la Seremi de Salud, Seremi de Planificación, Directores de Servicio Salud, entre otras autoridades. 
El Intendente (s) Miguel Mellado, destacó el desarrollo de la esta Estrategia, por cuanto “nace del trabajo conjunto de los equipos de CONACE, otros organismos del Estado y la contribución de la ciudadanía que participó activamente en la Consulta Pública que hicimos durante 2010 para conocer su opinión sobre distintos temas relacionados con la prevención y tratamiento de drogas y alcohol”.
 Respecto a las sustancias ilícitas, se establecen  las siguientes metas de carácter nacional al 2014, a partir de las actuales cifras de consumo:

  • Reducir en 15% el consumo anual de marihuana en población escolar, lo que significa una disminución de más de 21 mil escolares.
  • Reducir en un 15% la prevalencia anual de consumo de pasta base, lo que equivale a una disminución de 7 mil personas.
  • Reducir en 10% la prevalencia anual de uso de cocaína en población escolar, lo que significa un descenso de más de 3 mil escolares.
El Coordinador Regional de CONACE, Claudio Pérez, agregó que la incorporación de la problemática del alcohol abre nuevos desafíos para CONACE, en cuanto a “evitar el consumo problemático de esta sustancia y los riesgos asociados a ello, especialmente los accidentes de tránsito, para lo cual promoveremos una cultura de sana convivencia con el alcohol, junto a fuertes medidas legislativas y administrativas que ayuden en tal sentido”.

Tales iniciativas estarán orientadas a disminuir la disponibilidad física y económica de bebidas alcohólicas, junto a proyectos de ley, coordinaciones intersectoriales como el plan “Calles sin alcohol” y otras acciones que permitan, por ejemplo, fiscalizar y limitar la venta a menores, reducir los niveles de alcohol permitido en la sangre para la conducción de vehículos motorizados, entre otras medidas de carácter voluntario por parte de quienes distribuyen o expenden alcohol-

Al respecto, las metas concretas a cumplir en el ámbito del alcohol, son las siguientes:

  • Reducir un 15% el consumo anual de alcohol en población escolar lo que significa una disminución en más de 82 mil estudiantes.
  • Reducir 15% en población mayor de 18 años, que equivale una disminución de más 142 mil personas.
  • Reducir en 20% los accidentes de tránsito vinculados al consumo de alcohol en población general, lo que significará alrededor de 925 accidentes menos a marzo de 2014.
MODELO DE ACCIÓN
Para cumplir los objetivos propuestos, la Estrategia presenta un modelo de acción que cuenta con dos ejes: CHILE PREVIENE y CHILE RECUPERA.

El primer eje centrará su prioridad en niños y adolescentes, como así también en personas en situación de mayor vulnerabilidad y se desarrollará principalmente en los ámbitos de la ESCUELA, el TRABAJO y la COMUNIDAD.

El segundo eje plantea considera la REHABILITACIÓN y la INTEGRACIÓN, a través de un Sistema Integral de Recuperación, que considera la consolidación del Sistema Nacional de Tratamiento, de acuerdo a las necesidades existentes en la red de centros públicos y privados disponibles, además de intervenciones breves en atención primaria y escuelas y detección precoz.

Junto a ello y luego de cumplido exitosamente los objetivos terapéuticos de un tratamiento, se busca facilitar que las personas puedan continuar su proceso de recuperación a través de la oferta programática de integración social, que atenderá diversos aspectos, tales como la recuperación de sus lazos familiares, el acceso y permanencia en un empleo, el contar con una vivienda, entre otros aspectos. 

martes, 10 de mayo de 2011

Preguntas y respuestas Fondo Concursable 2011


A) REQUISITOS DE POSTULACIÓN

1. ¿Qué tipo de organizaciones pueden postular a este Fondo Concursable? ¿Puede ser una ONG?
De conformidad al N° 2.1 de las Bases Administrativas y Técnicas, pueden postular las entidades públicas y privadas sin fines de lucro. Por lo tanto, las ONG pueden postular al "Fondo Concursable-CONACE 2011".
2. ¿Pueden las instituciones convocadas a este Fondo Concursable asociarse con otras instituciones públicas o privadas sin fines de lucro? 
Las entidades convocadas podrán postular proyectos a ser ejecutados con la asociación de otras entidades públicas o privadas sin fines de lucro. Con todo, para todos los efectos legales, sólo existirá un titular del proyecto y un responsable del mismo, el que deberá ser una institución pública o una privada sin fines de lucro.
En caso de que la entidad convocada presente su proyecto con la asociación de Municipalidades o Corporaciones Municipales, obtendrá un mayor puntaje en la etapa de evaluación técnica correspondiente al criterio indicado en la letra f) del N° 4.3.1 de las Bases. 
3. ¿Cuál es la diferencia entre las “Organizaciones Asociadas” y las “Colaboradoras”?
Para los efectos de este concurso se entiende como entidad colaboradora aquella que sin tener mayor participación en la definición del proyecto, pone a disposición de éste, infraestructura, recursos humanos o es parte de la red necesaria para la correcta implementación del proyecto. Por su parte, se entenderá que la entidad postulante se encuentra ASOCIADA con una Municipalidad o Corporación Municipal cuando la Municipalidad o Corporación Municipal participa activamente en la formulación del proyecto, poniendo a disposición de la institución que lo presenta, conocimientos o asesoria técnica, recursos económicos y humanos, entre otros, para la consecución de los objetivos definidos. En todo los casos, la institución que presenta el proyecto (entidad postulante), será la titular y responsable final del mismo, a quien se le evaluará su capacidad técnica e institucional y quien recibirá los recursos al firmar el convenio con el Ministerio del Interior y Seguridad Pública.
4. ¿Cuál es horario de cierre en la recepción de los antecedentes de postulación en las oficinas regionales de CONACE?
El horario de cierre de recepción de los proyectos y demás antecedentes requeridos es a las 18.00 horas del día 18 de Mayo de 2011.
5. Las organizaciones comunitarias que han ejecutado proyectos para la prevención del consumo de drogas en los años 2009, 2010 o anteriores del “Fondo Comunitario de CONACE”, ¿cumplen los requerimientos de las bases en su punto 2.4.1 a) que solicita que la entidad que postula cuente “…con experiencia en el desarrollo de programas de prevención del consumo de drogas.”?
Efectivamente, si la entidad ha desarrollado proyectos de prevención del consumo de drogas, cumple con el requisito de experiencia señalado en el número 2.4.1, letra a), de las Bases. Es importante considerar que las Bases no sólo indican exigencias para la entidad que presenta el proyecto, sino también respecto del equipo responsable del mismo. 
6. Respecto de los ‘Requisitos generales’ letra b), en que se pide al equipo responsable de la ejecución del proyecto experiencia laboral o estudios en la temática drogas de a lo menos de 3 años. ¿Qué ocurre en caso de no existir en la comuna profesionales que cumplan con tal requisito?
Debe existir necesariamente un equipo responsable de la ejecución del programa o proyecto que contemple a profesionales o técnicos que posean estudios o experiencia laboral en la temática de drogas de a lo menos 3 años, ya que se trata de un requisito establecido en el Reglamento del Fondo Especial. El Equipo Responsable podrá ser una o más personas.
7. En el punto 2.4.1 De los requisitos Generales, se establece que solo podrán postular como ejecutores de proyectos, las entidades que acrediten capacidad técnica e institucional para desarrollar programas de prevención del consumo de drogas; Frente a este requisito, ¿como las entidades convocadas en el punto 2.1 pueden acreditar esta capacidad?
Respecto a lo establecido en las letras a) y b) del N° 2.4.1 de las Bases, dichos requisitos se acreditan a través de la incorporación, en el Formulario de Presentación de Proyectos CONACE 2011, de los antecedentes que acrediten que la entidad postulante tiene experiencia en el desarrollo de prevención de consumo de drogas y que cuenta con un equipo responsable que contemple a profesionales o técnicos que posean estudios o experiencia laboral en la temática de drogas de a lo menos 3 años. El requisito señalado en la letra c) del N° 2.4.1 de las Bases, se acredita a través de la declaración jurada simple, firmada por el representante legal de la persona jurídica postulante, declarando que cuenta con la infraestructura adecuada para el desarrollo del proyecto postulado.
8. ¿Está permitido contratar servicios profesionales de monitores deportivos y/o culturales que pertenezcan al directorio de las organizaciones comunitarias que apoyan el proyecto?
Sí es posible, teniendo presente que no puede tratarse del representante legal o miembros de la directiva de la persona jurídica que postula. Además, se debe tener presente lo señalado en el N° 3.10 de las Bases, relativo a las categorías de gastos.
9. Un municipio ¿debe asociarse con otro para obtener el máximo puntaje definido en los criterios de análisis técnico de los proyectos letra F?
Si el proyecto es presentado por una Municipalidad o Corporación Municipal, obtendrá el máximo puntaje (100 puntos) en la evaluación del criterio técnico denominado "Asociación con entidades que cumplen funciones públicas".
10. En el punto 2.3, de las líneas de financiamiento, se consideran las Corporaciones Municipales como entidades que pueden postular por la línea 1, sin embargo también son mencionadas en la Línea 2, por tanto, ¿Las Corporaciones Municipales se consideran como posibles postulantes en ambas líneas?
Las Corporaciones Municipales solamente pueden postular en la Línea 1 de financiamiento, de conformidad al claro tenor del número 2,3 de las Bases. De igual modo, las Municipalidades, como entidades públicas, pueden postular solamente a la Línea 1 de financiamiento. 
11. ¿Se pueden presentar por la línea uno, proyectos de prevención selectiva desde los CONACE Previene, mediante la personalidad jurídica del municipio?
Se debe considerar que las Bases indican que "el proyecto no podrá considerar el pago de remuneraciones a funcionarios municipales que ya tuvieren un contrato de trabajo o a honorarios de cualquier tipo con la entidad postulante al momento de iniciarse la ejecución del proyecto. Tampoco podrán considerar el pago de honorarios o remuneraciones al representante legal o miembros de la directiva, según corresponda, de la entidad postulante". Por lo anterior, los profesionales de PREVIENE no pueden considerarse dentro del proyecto.
12. En el punto 5.1, de la Aprobación de los Proyectos, en el párrafo 5° se establece que se entenderán por misma entidad postulante las Municipalidades y las Corporaciones Municipales. Por tanto, bajo la línea 1 a nivel comunal, si se presentan proyectos desde la Municipalidad y desde la Corporación Municipal, ¿Cual será la entidad postulante, considerando que ambas presentan personalidad jurídica distinta?
De conformidad a lo establecido en el N° 3 de las Bases, solamente existe un titular del proyecto y un responsable del mismo. En el Formulario de Presentación de Proyectos CONACE 2011 y en los antecedentes que se presentan, se debe establecer cual es la entidad que está postulando. En ningún caso la suma de los proyectos, que presenten una Municipalidad y Corporación Municipal que opera dentro del territorio de la misma comuna, podrá ser superior a $ 40.000.000.-
13. ¿Es necesario adjuntar los documentos que acreditan el componente de participación comunitaria utilizado en la construcción del proyecto (transcripción focus group realizados, sistematización reuniones comunitarias, etc.)?
En el sobre de postulación deben incluirse los antecedentes legales, administrativos y técnicos que serán considerados para el examen de admisibilidad y para la evaluación técnica. Los documentos técnicos serán considerados y evaluados en su mérito, para el proceso descrito en el número 4.3.1 de las Bases.
14. ¿Sólo se debe entregar el formulario de presentación del proyecto y los documentos legales exigidos?, ¿ningún otro documento en “anexos” que profundice las temáticas tratadas en el proyecto?En el sobre de postulación deben incluirse los antecedentes legales, administrativos y técnicos que serán considerados para el examen de admisibilidad y para la evaluación técnica. Los documentos técnicos serán considerados y evaluados en su mérito, para el proceso descrito en el número 4.3.1 de las Bases.
15. ¿Es posible que una Corporación Sin Fines de Lucro postule un proyecto de 5.000.000 de prevención universal (línea 2) en más de una comuna?
Es posible que una Corporación sin fines de lucro presente proyectos de la Línea de 2 en más de una comuna. Sin embargo, debe tener presente que el CONACE no propondrá al aprobación de dos o más proyecto de una misma entidad si el monto total a transferir superaría los $5.000.000 en el caso de la línea 2. En caso que se sobrepasen esos máximos, sólo serán propuestos los proyectos mejor calificados de la entidad que no superen los $5.000.000.-
16. ¿Pueden presentar proyecto personas naturales?
No, en el "Fondo Concursable CONACE-2011" solamente pueden participar entidades públicas y entidades privadas sin fines de lucro.
17. ¿Pueden presentar proyectos entidades religiosas, sea de derecho público o derecho privado?
Efectivamente pueden postular iglesias (entidades religiosas), ya sea que tengan personalidad jurídica de derecho público o de derecho privado.
18. Cuando se solicitan el respaldo de la presentación del proyecto en CD, ¿deben ser escaneados los antecedentes legales, administrativos y técnicos, en la línea 1 y 2 de financiamiento?
El CD de respaldo debe contener toda la información contenida en el sobre de postulación. Se debe tener presente lo señalado en el N° 3.4.2 de las Bases.
19. ¿Si la entidad postulante no tiene infraestructura adecuada, podría arrendar un inmueble?
La persona jurídica que postula debe presentar una declaración jurada simple, firmada por su representante legal, en la que declare que cuenta con la infraestructura adecuada para el desarrollo del proyecto. Por lo tanto, el representante legal se hace responsable, a través de dicha declaración, de la veracidad de su declaración.
20. ¿Puede participar un colegio particular subvencionado y en qué línea? ¿Existe un aporte mínimo?
De conformidad al N° 2.1 de las Bases Administrativas y Técnica, pueden postular las entidades públicas y las privadas sin fines de lucro, dotadas de personalidad jurídica vigente. Si el sostenedor de un colegio particular subvencionado cumple con tales requisitos, puede postular al "Fondo Concursable-CONACE 2011". A la línea 1 de financiamiento solamente están convocadas a participar las entidades públicas y las Corporaciones Municipales. Por su parte, a la Línea 2 de Financiamiento pueden postular todas las entidades privadas sin fines de lucro (salvo las Corporaciones Municipales). No existe un mínimo de aporte de la entidad postulante.
21. ¿Existe alguna delimitación comunal o territorial para postular a los proyectos de la línea dos de financiamiento?
No.

b) FICHA DE INSCRIPCIÓN

1. El formulario, con 'Área temática' ¿se refiere a prevención selectiva o universal? o ¿se refiere a algo más específico?
Según lo definido en las bases en el 2.2, las áreas temáticas a que se podrá postular son: a) Prevención Universal, b) Prevención Selectiva y c) Fortalecimiento de la Política de Drogas a Nivel a nivel Local.
2. En el formulario de inscripción, ¿"prioridad” está referido a la población objetivo?
No, la prioridad se refiere a la importancia que se le da a un proyecto de una institución sobre otro. Está relacionada con el número de proyectos que se presenten. En el caso de que una institución presente sólo un proyecto, la prioridad de ese será 1.
3. ¿Existe un plazo límite para que las organizaciones completen la ficha de inscripción digital?
No, solo es necesario tener claro que se debe llenar antes de la presentación del proyecto respetando los plazos fijados para esto.

c) ÁREAS TEMÁTICAS Y TIPOS DE PROYECTOS
1. ¿Qué tipo de acciones/actividades, se pueden realizar en el marco de la línea 2 de financiamiento del Fondo Concursable?
Los proyectos que se presenten a la línea 2 de financiamiento, es decir, que presenten proyectos de Prevención Universal, deberán tener por objetivo, la prevención universal en un grupo determinado de personas. Para cumplir con este objetivo, se pueden realizar acciones/actividades de otra índole, como deporte y recreación. Sin embargo, actividades de este tipo por si solas, no serán evaluadas como actividades de prevención. Podrán ser complementarias a la actividad principal de prevención.
2.¿A qué se refiere en el punto 4 con “Identificación de Institución u Organización Asociada” del formulario de proyecto? Si nuestro proyecto es un proyecto educativo postulado por el Municipio, ¿Se puede considerar el programa “CONACE Previene en la comuna” en ese punto como Institución u Organización Asociada?
Se entenderá que la entidad postulante se encuentra ASOCIADA con otra, cuando esta última, participa activamente en la formulación del proyecto, poniendo a disposición de la institución que  lo presenta, conocimientos o asesoría técnica, recursos económicos y humanos, entre otros, para la consecución de los objetivos definidos, como por ejemplo: una corporación municipal, los sostenedores de los establecimientos a intervenir, entre otros. En todo los casos, la institución que presenta el proyecto (entidad postulante), será la titular y responsable final del mismo, a quien se le evaluará su capacidad técnica e institucional y quien recibirá los recursos al firmar el convenio con el Ministerio del Interior y Seguridad Pública.
El programa “CONACE Previene en la comuna” no es considerado una institución y nunca podrá ser parte de estos proyectos, por tratarse de un programa que se ejecuta entre el municipio y CONACE, este último convocante a este concurso.
3. ¿Los instrumentos de evaluaciones, vienen determinados desde el nivel central, o cada postulante debe determinar sus propios instrumentos de evaluación?
Los instrumentos de evaluación y los tipos de evaluación, deberán ser definidos por el postulante, de acuerdo a las orientaciones técnicas entregadas en el anexo 1.
4. En las bases, en el punto 3.7 (Duración de los proyectos), señalan que el tiempo máximo es de 12 meses de duración de proyecto, y en el caso de prevención Universal la duración mínima es de 6 meses, ¿dicho antecedente se aplica igualmente para las dos líneas de financiamiento?
Los proyectos podrán tener una duración máxima de 12 meses. Sólo se les pide duración mínima a los proyectos postulados a la línea 1, de prevención selectiva. La línea 2 no cuenta con duración mínima.
5. En relación a las pautas y plazos de Evaluación ¿Son iguales para ambas líneas de financiamiento?
Las pautas de evaluación y los plazos de evaluación, son iguales para las 2 líneas de financiamiento.
6. Respecto a la temática Fortalecimiento de la Política de Drogas a Nivel Local donde se señala que "están dirigidos a promover, desarrollar y fortalecer instancias de prevención ya instaladas en la Comuna" ¿Es posible que se detalle más en profundidad que se espera de las propuestas en este ámbito?
Se espera que los postulantes puedan diagnosticar (antes o con el proyecto) y proponer un plan de fortalecimiento en base al diagnóstico realizado, de aquellas políticas/programas de prevención ya instaladas en la comuna, de manera de fortalecer el trabajo realizado y/o modificar aquellas instancias que no están siendo exitosas, según lo revisado.
7. ¿Se puede postular una iniciativa en la temática Fortalecimiento de la Política de Drogas a Nivel Local que contemple entre sus actividades un campeonato interescolar?
Respecto al Fortalecimiento de la política local de prevención de drogas, se espera que los postulantes puedan diagnosticar (antes o con el proyecto) y proponer un plan de fortalecimiento en base al diagnóstico realizado, de aquellas políticas/programas de prevención ya instaladas en la comuna, de manera de fortalecer el trabajo realizado y/o modificar aquellas instancias que no están siendo exitosas, según lo revisado.
8. En relación al Formulario de Presentación de Proyectos del Concurso, no entendemos a que se refieren los conceptos de “marco conceptual”, “indicadores” y “medio de verificación”. ¿Se podría entregar una pequeña descripción de estos?
Marco Conceptual: se refiere a la evidencia que sustenta nuestra intervención o actividad. Se puede reforzar con bibliografía, es decir, presentando citas de libros, estudios u otra literatura donde se refleje que lo que se propone tiene éxito o es efectivo. Además, en este punto se pueden presentar las ideas básicas que forman parte de los argumentos de este proyecto.
Indicadores: son aquellos que permiten medir el avance o cumplimiento del objetivo/actividad/meta planteado(a). Se pueden tener indicadores de impacto (efecto final que se deriva de la intervención), de resultados (efecto final directo de la intervención), de cumplimiento (dan cuenta de si se hizo o no una acción o actividad que estaba planificada), entre otros.
Medio de verificación: es aquello que permitirá verificar o determinar que lo que se muestra en el indicador es verídico o cierto. Por ejemplo: para un proyecto de capacitación, si se propone realizar 10 sesiones de capacitación, el indicador de cumplimiento será el número de sesiones realizadas comparadas con el número de sesiones que se planificó realizar. El medio de verificación será el acta de cada sesión, donde firman los asistentes.
Para mayor detalle, revisar ANEXO 1.
9. En relación al Formulario de Presentación de Proyectos del Concurso, ¿Es posible a aclarar los conceptos de “variables a intervenir”  y “plan de medición”?
Definición de la variable a intervenir se refiere a qué ámbito (variable) quiero impactar con mi proyecto, qué busco finalmente con la realización de este proyecto, qué quiere cambiar mi proyecto. Ejemplo de variables: consumo de drogas; percepción de riesgo del consumo de drogas; edad de inicio del consumo de drogas, entre otras.
Principales resultados esperados de la ejecución del proyecto: se debe identificar cuáles serán los indicadores que permitirán medir los resultados del proyecto.
Plan de Medición: se pide definir acciones/mediciones (aplicación de encuestas),  plazos (al inicio y al final del proyecto) e instrumentos (encuestas) que permitirán realizar la evaluación. Por ejemplo: Si quiero medir resultados del proyecto al final de la ejecución del proyecto, deberé hacerlo también al principio, para conocer el estado actual y luego compararlo con el estado final, al concluir la ejecución. Si creo que mi proyecto tendrá un impacto de más largo plazo, puedo proponer una medición después de 6 meses de haber terminado el proyecto (por ejemplo).
Para mayor detalle, revisar ANEXO 1.

d) CONFORMACIÓN DEL EQUIPO EJECUTOR
1. ¿Puede el coordinador del “Programa CONACE Previene en la comuna” u otro profesional contratado en el municipio, ser parte del equipo que aparece en el proyecto que se presenta en este Fondo Concursable? ¿Se podrá considerar como “Aporte Propio” de un municipio profesionales contratado en virtud de algún convenio del Ministerio de Interior y Seguridad Pública?
NO podrá considerarse la participación en el proyecto de ningún profesional/técnico del equipo del programa "CONACE Previene en la comuna". Tampoco podrá ser considerado como “Aporte Propio”.
Las Bases indican que "El proyecto no podrá considerar el pago de remuneraciones a funcionarios municipales que ya tuvieren un contrato de trabajo o a honorarios de cualquier tipo con la entidad postulante al momento de iniciarse la ejecución del proyecto. Tampoco podrán considerar el pago de honorarios o remuneraciones al representante legal o miembros de la directiva, según corresponda, de la entidad postulante". En otras palabras, con cargo a los recursos de este concurso no podrá imputarse como gasto en personal el pago de remuneraciones u honorarios a personas que ya tuvieren un contrato de trabajo con la entidad postulante al momento de la ejecución del proyecto. Aquellos funcionarios que se encuentren en este grupo, podrán formar parte del proyecto SÓLO si no reciben remuneración con cargo al fondo concursable al momento de iniciarse la ejecución del mismo, o si NO mantienen ninguna relación contractual con el municipio o la entidad postulante. Esto regirá para cualquier labor que se deba realizar en la ejecución del proyecto, desde Jefe de proyecto, coordinador, profesional de apoyo, entre otros.
Tampoco podrá ser considerado como “Aporte Propio” de un municipio  o entidad postulante, profesionales contratados en virtud de algún convenio con el Ministerio del Interior y Seguridad Pública.
2. ¿Cuál es la diferencia entre “Equipo Responsable del Proyecto y Otro Equipo del Proyecto”? ¿Se deben incluir los curriculum de las personas que participan en el proyecto? ¿Podrán se distintos los profesionales que se presenten en el proyecto con los que realmente comiencen la ejecución del proyecto? ¿Qué tipo de experiencia debe contar las personas que trabajara en las diversas actividades del Proyecto?
En el Formulario de Postulación, punto 6A.- EQUIPO RESPONSABLE DEL PROYECTO, deberán incorporarse sólo aquellos técnicos/profesionales que serán evaluados según el punto 4.3.1 Criterios de análisis técnico, de las Bases, y que forman parte del equipo responsable del proyecto (pueden ser una o más personas las que formen el equipo responsable, de acuerdo a la experiencia y formación solicitadas). Cualquier otro técnico/profesional de apoyo (uno o más de uno), que puede cumplir o no con el mínimo de experiencia y formación exigido en las Bases, podrá indicarse en el punto 6B del Formulario de Postulación  OTRO EQUIPO DEL PROYECTO. Por ejemplo, si el proyecto cuenta con un profesional con la experiencia y formación solicitadas en las bases y otros técnicos o profesionales que no cuentan con esto, pero participarán del proyecto, se deberá indicar al primero en el punto 6A como equipo responsable del proyecto (justificando horas y actividades a realizar) y a los otros participantes se les podrá indicar en el punto 6B, como Otro equipo del proyecto.
Se deberán incluir los curriculum de todos los participantes del proyecto que serán evaluados según las Bases, formen o no parte actualmente de la entidad postulante, es decir, se podrán incluir personas que eventualmente se incorporarán al proyecto si éste es aprobado. Es importante señalar, y tal como detallan las bases, tanto el Coordinador responsable del proyecto como los profesionales y técnicos que forman su equipo técnico deberán ser los mismos indicados en el Formulario de Presentación de Proyectos, documento que en calidad de Anexo formará parte del Convenio que se suscribirá con la entidad seleccionada.
En el evento que alguna de las personas indicadas no pueda desempeñarse en la ejecución del proyecto, la entidad seleccionada deberá manifestarlo por escrito a la Secretaría Ejecutiva del CONACE, proponiendo un reemplazante que cuente con características profesionales o técnicas análogas a las del reemplazado. El Ministerio del Interior no suscribirá el respectivo convenio sino hasta que se cuente con un reemplazante idóneo, cuestión que será calificada por la referida Cartera, con la asesoría de la Secretaría Ejecutiva del CONACE.
Por último se indica que, la experiencia que se evaluará, será en el desarrollo de programas de prevención en el consumo de drogas.
3. El coordinador del proyecto ¿puede ser el coordinador comunal del Programa “CONACE Previene en la comuna”?
En ningún caso. El coordinador del Programa CONACE Previene en la comuna es contratado con recursos del Ministerio de Interior y Seguridad Publica, por lo que no podrá ser considerado para recibir financiamiento a través del proyecto ni ser considerado como aporte propio del Municipio. Es importante señalar que dentro de las funciones del coordinador comunal del Programa esta la de "Velar por la correcta implementación de los Programas Nacionales y  Proyectos concursables impulsados por CONACE desarrollados en el territorio Comunal.", por lo que no podría formar parte del proyecto.
4. En el punto 3.10, “Categorías de los gastos” se señala que no podrán recibir pago de remuneraciones funcionarios que trabajen a honorarios, en estricto rigor estos empleados no son considerados funcionarios municipales.
El proyecto no podrá considerar el pago de remuneraciones a funcionarios municipales que ya tuvieren un contrato de trabajo; o a personas que prestan servicios a  honorarios de cualquier tipo con la entidad postulante al momento de iniciarse la ejecución del proyecto.
5. ¿En el proyecto se pueden incluir recursos asociados a quienes dirigen el proyecto?
Sí, siempre que estén vinculados y tenga participación directa en el proyecto. Si son funcionarios de la institución postulante deberán ser considerados en los aportes propios en el formulario de proyectos.  En ningún caso se podrán considerar el pago de honorarios  o remuneraciones al representante legal o miembros de la directiva, según corresponda, de la entidad postulante.
6. ¿Puede estar a cargo del proyecto un profesional de un colegio?
Sí, siempre y cuando sea financiado como aporte propio de la institución postulante.
7. ¿Puede el coordinador del proyecto recibir remuneración por dirigir, coordinar y supervisar el proyecto, considerando que este no tendría participación como profesional interventor, sino que sólo como coordinador del mismo?
El coordinador del proyecto podrá recibir remuneración según lo que defina la institución que esté presentando el proyecto. Ahora bien, este coordinador está dentro del equipo responsable de la ejecución de éste y será parte de la evaluación de los requisitos generales relacionados con la experiencia mínima exigida de este equipo. Revisar requisitos del equipo responsable del proyecto en las bases del concurso.
8. ¿El representante legal de la organización puede también ser coordinador del proyecto, considerando su trabajo como un aporte propio de la organización que postula?
Sí, pero en ningún caso deberá solicitar financiamiento a CONACE.
9. Según las inhabilidades expuestas en las bases, tenemos dudas respecto a quienes van dirigidas. Si bien menciona a los directores y administrativos en el punto 2.4.2.2 letra E, nos surge la duda que si esto también abarca a los integrantes de la directiva (secretaria, tesorera, entre otros).
Las inhabilidades se refieren a las personas jurídicas de derecho privado y, en lo que fueren pertinentes, a sus representantes legales. En lo que respecta a las letras d), e) y f) que se refieren a directores o administradores, debe estarse a la estructura propia de la organización que postula.

e) PRESUPUESTO
1. ¿Cuáles son los porcentajes definidos para cada uno de los gastos de los proyectos que se presentan?
No existen montos definidos para los proyectos en cada una de las categorías de gasto. Sin embargo, será evaluada la coherencia y pertinencia de los gastos y actividades que se realiza con los objetivos definidos en el proyecto; así como también que los valores que se presente están ajustados a precios de mercado y a los valores señalados en las Bases.
2. ¿Se pueden considerar gastos en equipamiento con cargo al Proyecto CONACE? 
Sólo se pueden considerar las categorías de gastos definidas en las bases.
3. ¿Qué tipos de gastos se pueden financiar a través de estos proyectos? 
Se pueden financiar gastos en personal, de operación y asociados a actividades, según lo definido en el punto 3.10 de las bases.
4. ¿Se pueden financiar compra de artículos deportivos, artísticos u otros elementos para el desarrollo de actividades?
Sí. Según lo definido en el punto 3.10 c) de las bases se podrán financiar gastos asociados a actividades previamente definidas en el proyecto, como por ejemplo arriendo de equipamiento y compras de insumos para las actividades tales como artículos de escritorio, materiales de trabajo, entre otros. Esto, resguardando que apunten a consecución de los objetivos del proyecto destinado a la prevención de drogas.
5. En la categoría de gastos en personal, ¿cuál es la diferencia entre el cuadro de valores máximos a pagar por hora que aparecen detallados entre el cuadro N° 1 y N° 2?
Los Gastos en Personal para el equipo que ejecuta permanentemente el proyecto se deben considerar los valores correspondientes en el cuadro N° 1 del punto 3.10 a). En casos en que debido a la especialización de la profesión y la imposibilidad de contar con este tipo de profesionales según los valores definidos en el cuadro N° 1 y siempre que se encuentren debidamente justificados y sean indispensables para el desarrollo del proyecto presentado se podrán considerar los valores detallados del cuadro N° 2.
6. ¿Qué tipo de garantías se solicitarán y cual será el monto de estas? 
La garantía que deben entregar las entidades privadas antes de la entrega de la primera remesa se determinará al momento de suscribir el convenio. Por regla general, las garantías aceptadas son (a) vale vista (b) boleta de garantía o (c) póliza de seguro. Con todo, el Subsecretario del Interior al momento de celebrar el convenio con el adjudicatario puede aceptar otro tipo de resguardo debidamente calificado. Sin embargo, cualquier garantía o resguardo debe, al menos, ser equivalente a la segunda parcialidad que se entregue, y debe tener una vigencia superior en 60 días a la fecha de vigencia del convenio correspondiente.
7. ¿Se puede adquirir por razones fundamentadas en el Proyecto una cámara filmadora o un vehículo para reacondicionarlo? 
Los recursos del presente concurso solo pueden destinarse a gastos en personal, de operación y asociados a actividades. En relación con lo anterior, no son gastos en personal, ni de operación ni asociados a actividades los siguientes: a) Intereses; reajustes o multas por infracciones a las leyes tributarias laborales; gastos derivados de créditos bancarios; intereses en gastos corrientes, como por ejemplo consumos básicos; b) Gastos derivados de los instrumentos financieros (pólizas de garantías); c) Pagos de administración de proyectos (overhead); d) Pagos de propinas; e) Intereses y otros multas; f) Donaciones; g) Pago de estacionamientos; h) Compra de obsequios, regalos, premios u otro similar, i) Tarjetas telefónicas de prepago, j) Combustible para vehículos particulares y en general, todos aquellos gastos que no están consignados en el proyecto. j) Infraestructura y activos fijos
8. Las instituciones que postulan ¿Podrán considerar aporte de terceros? ¿Dónde se escribe esa institución? ¿Es posible agregar una columna más al lado a la planilla de presupuesto?
Las instituciones podrán contar con apoyo de otras instituciones y aportes de terceros, los que deberán ser consignados en el formulario de proyectos en el punto 7 de éste. Además deberán ser consignados en la planilla de presupuesto, para lo cual se puso a disposición un nuevo formato que incluye la columna respectiva al “Aporte de Terceros” en cada una de las categorías de gastos.
En la evaluación del proyecto sólo se considerará los recursos que solicitan a CONACE y los “Aportes Propios” que realice la institución postulante.
9. En relación a la entrega de recursos y el comienzo de la ejecución de los proyectos ¿Cómo se espera la contratación de profesionales y la adecuada implementación de las actividades establecidas, sin los recursos necesarios para ello? ¿Es posible que la implementación se comience a realizar en el momento de recibida la primera remesa?
Las condiciones para el comienzo de las ejecución de los proyectos se realizara de acuerdo a lo que se defina en los convenios que se suscriban entre CONACE y la institución seleccionada. Con el fin de asegurar la correcta ejecución de los proyectos y por razones de buen servicio ésta podrá comenzar previo a la total tramitación. CONACE velará para entregar los recursos oportunamente.
10. ¿Se permitirán modificaciones presupuestarias durante la implementación del proyecto?
Debido a que la planificación presupuestaria es la mejor estimación de gastos realizada en un momento determinado, es factible que el comportamiento real tenga diferencias justificadas respecto de lo estimado, por lo cual existe la posibilidad de ajustar el presupuesto del proyecto durante la ejecución del mismo. CONACE entregará oportunamente las orientaciones y procedimientos para realizar las modificaciones presupuestarias y así asegurar la correcta ejecución de los proyectos.
11. En el ítem gastos operacionales, por movilización ¿Puede considerarse el traslado del profesional, por ejemplo, del trabajo habitual a un establecimiento educacional?
Ver punto 3.10 b) de las bases.
12. ¿Se permite el gasto en arriendo de una oficina o inmueble para el funcionamiento del equipo de trabajo del proyecto?
Sí, siempre que se encuentre claramente vinculado al buen desarrollo, este destinado al cumplimiento de los objetivos y se encuentre destinado exclusivamente a las acciones definidos del proyecto presentado.
13. ¿El gasto de movilización es solo para los que estén a cargo del proyecto o puede ser para los participantes?
Según el punto 3.10 c) se pueden considerar gastos de transporte para los participantes, siempre y cuando esté relacionada con alguna actividad específica definida en el proyecto. En relación a la movilización para el personal del proyecto ver definición en el 3.10 b) de las bases.
14. Si no se tiene sede donde trabajar y en relación a los gastos como Internet y telefonía fija ¿Se pueden incluir gastos de un ciber, documentados con sus respectivas boletas?
Según las bases, y como requisito fundamental los ejecutores deberán contar con la capacidad técnica e institucional para el correcto desarrollo del proyecto. Con todo se podrían rendir esos gastos, siempre y cuando estén relacionados con el desarrollo del proyecto.
15. Si los gastos de infraestructura y equipamiento no pueden ser financiados por estos Fondos, ¿Cómo puede agregarse este ítem para incluirlo como un aporte propio de la entidad postulante?
La infraestructura se debe acreditar a través de una declaración jurada al momento de presentar los antecedentes. En el caso del equipamiento no será evaluado en este concurso, por lo que no es necesario agregarlo.
16. En caso de necesitar equipamiento existiendo justificación adecuada y relación propiamente tal entre el problema identificado y los objetivos del proyecto, ¿Se podrá invertir en equipamiento e infraestructura como por ejemplo toldos o habilitar un gimnasio para una actividad?
En ningún caso se podrán adquirir equipamiento o infraestructura. En las bases se considera la posibilidad de contemplar arriendo de cierto equipamiento y en su gran mayoría los gastos que se detallan en la pregunta son gastos definidos en punto de 3.10 c) "Gastos asociados en actividades".
17. En el caso de la Línea de financiamiento 1, no detalla monto mínimo de financiamiento. ¿Cuál será el monto mínimo para considerar en esta Línea?
La línea 1 de financiamiento no considera monto mínimo
18. ¿Es necesario que la organización cuente con una cuenta corriente bancaria para la transferencia de fondos? De no tener ¿Esto constituye un impedimento para realizar la postulación?
En caso que el proyecto sea aprobado y se celebre el respectivo Convenio de Transferencia de Recursos, la organización debe disponer de una cuenta corriente bancaria (a nombre de la entidad) o cuenta de ahorro en la que se depositen los recursos. Con todo, la existencia de la cuenta corriente o de ahorro no es un requisito de admisibilidad.

f) OTROS

1. En relación al sobre de postulación y los antecedentes los antecedentes legales y administrativos que se solicitan ¿Se debe considerar un solo anillado con los tres ejemplares del o tres ejemplares anillados en forma separada? 
Se deberán enviar tres ejemplares anillados, cada uno deberá contener tantos los antecedentes legales y administrativos, como los antecedentes técnicos, incluyendo un índice de contenidos para facilitar el análisis de admisibilidad del proyecto. Cada uno de estos deberá venir debidamente firmado en original por el representante legal de la institución postulante.
2. Al decir que debe respetarse el espacio designado del formulario ¿Se debe respetar el número de páginas definido en el formulario de presentación de proyecto para cada punto de este como el diagnóstico, marco teórico, etc?
Se deben respetar los espacios definidos y números de paginas definidos en el formulario original disponible en el portal de CONACE.
3. En el punto 5.2 De selección de proyectos, punto a), se señala que se dispone de 700.000.000 millones de pesos a distribuir en línea 1 de financiamiento, y esto distribuido a nivel de las 15 regiones en los proyectos que ocupen el primer proyecto ¿Cuál será el monto asignado a cada región para esta línea de financiamiento para esta etapa? 
El número 5.2 de las Bases señala que los primeros $700.000.000.-(setecientos millones de pesos) de que disponga el Ministerio del Interior se utilizarán para financiar durante el año 2011 proyectos aprobados de la línea 1. La distribución de estos recursos a nivel regional dependerá del monto y la cantidad de proyectos que se presenten, así como el orden de clasificación según la evaluación de cada uno estos y de la distribución regional que esté vigente a la conforme al párrafo final del número 6.1 de las Bases. 
4. En el Formulación de Presentación de Proyectos CONACE, cuando se refieren a la experiencia institucional de proyectos y/o programas de prevención del consumo de drogas, ¿Cuánto es el tiempo a considerar en relación a la experiencia de la institución?
Se debe presentar la información necesaria y que se estime conveniente para acreditar la experiencia de la institución en el desarrollo de programas de prevención. Según lo definido en la pauta de evaluación que es parte integrante de las bases, el puntaje máximo se dará para quienes puedan acreditar más de 3 años de experiencia institucional en el desarrollo de programas de prevención.
5. Somos una academia de fútbol, ¿podemos postular a este tipo de proyecto?
De conformidad al N° 2.1 de las Bases Administrativas y Técnica, pueden postular las entidades públicas y las privadas sin fines de lucro, dotadas de personalidad jurídica vigente. Su Academia se encuentra convocada a participar si cumple con dicho requisito.
6. Dada la complejidad del formulario de presentación de proyectos, el cual a nuestro criterio, no está al nivel de las competencias en elaboración de proyectos que tienen las organizaciones como juntas de vecinos y otras. ¿Dónde podemos encontrar asesoría para la formulación de nuestro proyecto?
Como requisito general de postulación a este concurso deben acreditar capacidad técnica e institucional para desarrollar programas de prevención del consumo de drogas. En todo caso, las instituciones que estén interesadas en postular podrán solicitar asesoría para este fin en las oficinas del Programa "CONACE, Previene en la comuna" más cercana, o en las oficinas regionales de CONACE, cuyas direcciones se encuentran en las Bases del Concurso.
7. ¿Existe un formulario más simple y adecuado a las organizaciones de base?
El formulario de postulación disponible es el que se encuentra en el portal de CONACE y es parte integrante de las Bases de este Fondo. Por lo cual todas las instituciones que quieran participar deberán llenar íntegramente este formulario.
8. En relación a la evaluación de los proyectos, ¿se deben incluir los antecedentes tanto cualitativos como cuantitativos obtenidos y que se incluyeron en el formulario de proyectos y ser adjuntados al proyecto o basta con hacer referencia a estos?
Todos los antecedentes relacionados con la información solicitada en el formulario de proyectos, deberá estar contenido en el mismo, respetando los espacios existentes, y con las referencias y citas necesarias para buscar la información requerida en el caso de ser necesario. A excepción de aquella documentación o antecedentes que son solicitados explícitamente en las bases.
9. ¿Quién o quiénes serán los facultados para realizar la fiscalización y supervisión de los proyectos en ambas líneas?
El Ministerio del Interior y Seguridad Pública estará facultado para fiscalizar y supervisar la adecuada ejecución de los proyectos.
10. ¿El proyecto se puede ejecutar en un colegio?
El proyecto si puede ejecutarse en un establecimiento educacional, pero siempre quien presente el proyecto deberá cumplir el punto N° 2.1 de las Bases Administrativas y Técnica, que se refiere a que pueden postular las entidades públicas y las privadas sin fines de lucro, dotadas de personalidad jurídica vigente.
11. De acuerdo a las bases, las Corporaciones Municipales corresponderían a la línea 2; sin embargo de acuerdo a la descripción del portal Web de CONACE, esta Corporación seria línea 1. ¿Se podría aclarar este punto?
Las Corporaciones Municipales solamente pueden presentar proyectos en la Línea 1 de Financiamiento, conforme al N° 2.3 de las Bases
12. ¿Cuál es exactamente la fecha en la cual se puede dar inicio a los proyectos?
La fecha de inicio de la ejecución de los proyectos se indicará en el convenio que se suscriba para aquellos proyectos que sean seleccionados.
13. ¿Es posible que una entidad se puede adjudicar en la línea 1 de financiamiento, por ejemplo 2 proyectos de 40 millones cada uno, o sólo se traspasa como máximo por entidad esa suma, independiente del número de proyectos que se pueda adjudicar?
Tener presente lo establecido en el párrafo cuarto del N° 5.1 de las Bases, es decir, se financiará como máximo 40.000.000 (línea 1) por postulante (entidad).
14. ¿A qué se refiere la ficha de postulación con número de Prioridad?
La prioridad se refiere a la importancia que se le da a un proyecto de una institución sobre otro. Esta relacionada con el número de proyectos que se presenten. En el caso de que una institución presente solo un proyecto la prioridad de ese será 1.
15. ¿Puede un proyecto tener el patrocinio de una institucionalidad pública?
Si, y se considera un mayor puntaje cuando este es un municipio o Corporación Municipal. Ahora bien, se considerarán los antecedentes de la institución que presenta el proyecto y, para todos los efectos legales, sólo ella será la titular del proyecto y la responsable del mismo
16. Con respecto a los instrumentos de diagnósticos individuales y grupales de Prevención Selectiva se identifican ejemplos de cuestionarios como el “POSIT” y “Como es tu familia/Como es su familia” ¿Estos instrumentos son una sugerencia o se pueden utilizar otros? ¿Estos instrumentos se aplican previo al proyecto o en el proceso de intervención?
Sí, los instrumentos que aparecen en las orientaciones técnicas son sugerencias y pudieran utilizarse otros. La oportunidad y pertinencia de utilizar los instrumentos diagnósticos que se decidan implementar será según el criterio y acorde a la intervención que se proponga en el proyecto.
17. ¿Dónde se encontrarán las actas y ranking de los proyectos?
Cada unas de las actas y ranking definidos en las bases se encontrarán disponibles oportunamente en el portal de CONACE, siempre con posterioridad a la etapa de evaluación. 
18. ¿Se podrá recepcionar proyectos a nivel comunal, y enviarlos todos juntos desde las comunas al nivel regional?
Tal como indican las bases los proyectos deberán ser recepcionados en la oficina de regionales de CONACE dentro del horario de oficina. Será responsabilidad de cada institución velar por la recepción oportuna, cumpliendo con las fechas y disposiciones definidas en las bases, de los formularios de proyectos.
19. ¿Cuántas propuestas se pueden presentar en prevención universal? 
Cada institución puede presentar el número que estime conveniente de proyectos que cumplan con los requisitos de las bases, pero en ningún caso podrán superar los montos máximos definidos por cada línea de Financiamiento.
20. Respecto a las inhabilidades, ¿Los Municipios también deben presentar la declaración jurada simple que indique que NO EXISTE mora en la presentación de informes técnicos, o rendición de gastos por concepto de programas, proyectos o actividades financiadas por alguna entidad del estado?
Efectivamente, las entidades postulantes (incluyendo las Municipalidades) deben presentar la declaración jurada de no encontrase, al momento de postular, en mora de presentar informes técnicos o rendición de gastos por concepto de programas, proyectos o actividades financiados por alguna entidad del estado. Tener presente lo dispuesto en el N° 2.4.2.1 de las bases
21. Respecto al punto 3. “DE LA PARTICIPACIÓN DE LOS CONVOCADOS AL CONCURSO”, se define que “las entidades convocadas que presenten su proyecto con la colaboración de Municipalidades obtendrán un mayor puntaje en etapa de evaluación técnica”. ¿Este mayor puntaje se aplica cuando el Municipio es el responsable del proyecto, y otra entidad (como una O.N.G. esta asociada?
Si el proyecto es presentado por una Municipalidad o Corporación Municipal, obtendrá el máximo puntaje (100 puntos) en la evaluación del criterio técnico denominado "Asociación con entidades que cumplen funciones públicas". Si el proyecto es presentado por una entidad pública o por una privada sin fines de lucro, según corresponda, y se encuentra asociada con una Municipalidad o Corporación Municipal, también obtendrá el máximo puntaje en dicho criterio (100 puntos)

Extraído de www.conacedrogas.cl